¿QUE SON LAS NORMAS TECNICAS? La Normalización es el proceso de regular las actividades desempeñadas por los sectores privado y público . Los principios básicos en el proceso de normalización son:
•Representatividad
•Consenso.
•Consulta pública.
•Modificación .
•Actualización.
LAS NORMAS CON LAS CUAL SE RIGE EN MÉXICO Norma oficial mexicana (NOM): es la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias normalizadoras competentes a través de sus respectivos Comités Consultivos Nacionales de Normalización. De conformidad con las finalidades establecidas en el artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas que se refieran a su cumplimiento o aplicación.
•Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de normalización, o la Secretaría de Economía en ausencia de ellos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 de la LFMN , en los términos de la LFMN, que prevé para uso común y repetido unas reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, etc.
LAS NORMAS QUE NOS RIGEN Es fundamental que se entienda que nuestra profesión está regida por lo que indica el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (RCDF). De acuerdo con el RCDF, las normas técnicas se clasifican en cuatro tipos fundamentales:
•Normas técnicas: es un documento que contiene definiciones, requisitos, especificaciones de calidad, terminología, métodos de ensayo o información de rotulado. La elaboración de una NT está basada en resultados de la experiencia, la ciencia y del desarrollo tecnológico, de tal manera que se pueda estandarizar procesos, servicios y productos.
•Normas técnicas de instalaciones: son las normas las cuales nos dan los pasos y detalles de cómo se manejaran las instalaciones tanto provisionales como no provisionales.
•Normas técnicas de seguridad: estas normas ofrecen los parámetros de seguridad de los materiales y su uso.
•Normas técnicas complementarias
NORMAS TÉCNICAS DEL CAM-SAM
NORMAS PARA EL ANTEPROYECTO ARQUITECTÓNICO
A.04.01. PRIMERA ETAPA A.04.01.01 PLAN CONCEPTUAL -Expresión de ideas del encargo mediante croquis o dibujos a escala. -Recepción y sistematización de la información precisa
-Planteamiento del programa técnico de las necesidades arquitectónicas solicitadas y estimación paramétricamente del costo.
A.04.01.02. PLAN PRELIMINAR Exposición de las características generales del encargo: funcionales y formales, constructivas y económicas, para proporcionar una primera imagen y establecer un avance del presupuesto en los términos paramétricos de las partidas que lo integrarán.
A.05. DOCUMENTACIÓN DEL ENCARGO A.05.0l. PRIMERA ETAPA A.05.01.01. PLAN CONCEPTUAL
Croquis o dibujos a escala mínima 1: 100. Estimación paramétrica del costo de la obra. Memoria conceptual de las soluciones adoptadas conforme al epígrafe A.04.01.01.
A.05.01.02. PLAN PRELIMINAR
Memoria justificativa de las soluciones de tipo general adoptadas, conforme con el epígrafe A.04.01.02. Planos de plantas, fachadas y cortes a escala mínima 1:100, con medidas y cotas generales.
NORMAS TÉCNICAS DE DESARROLLO
DESARROLLO DEL PROYECTO ARQUITECTÓNICO A.04.02. SEGUNDA ETAPA A.04.02.01. PLAN BÁSICO Definición de las características generales del encargo mediante la adopción y justificación de soluciones concretas. Sirve para solicitar, (con la aprobación del cliente), la terminación de los trabajos correspondientes a los componentes de las estructuras y de las instalaciones electromecánicas.
A.04.02.02. PLAN DE EDIFICACIÓN Desarrollo del Plan Básico, con detalles y especificaciones de todos los materiales. Pueden terminarse antes del comienzo de la obra o, parcialmente. Su contenido reglamentario es suficiente para obtener la licencia de construcción u otras autorizaciones administrativas necesarias para iniciar la obra.
A.05. DOCUMENTACIÓN DEL ENCARGO A.05.02. SEGUNDA ETAPA A.05.02.01. PLAN BÁSICO
Memoria descriptiva de las características generales de la obra y justificativas de las soluciones concretas que satisfagan con el fin administrativo a que se refiere el epígrafe A.04.02.01.
Planos generales a escala mínima 1:50, de las plantas, fachadas y cortes, con medidas y cotas. Costo de la obra con estimación paramétrica global de cada capítulo, oficio, artesanía o tecnología.
A.05.02.02. PLAN DE EDIFICACIÓN
Memorias técnicas del análisis matemático para:
La cimentación, la estructura y las instalaciones.
Planos de las cimentaciones, estructuras, instalaciones, oficios, artesanías, tecnologías y de todas aquellas participaciones consideradas en la contratación y aceptación del encargo (escala 1:50).
Catálogo de condiciones técnicas (especificaciones) generales y particulares.
Catálogo de mediciones generales (números generadores básicos).
Presupuesto obtenido por aplicación paramétrica de precios unitarios convencionales de obra.
FORMATOS
FORMATOS DE CONCURSO PARA LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA, PUDIENDO SER ESTOS, LOS QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:
FORMATOS CONSTRUCCIONES Y OBRAS:
LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN ESPECIAL:
Documento que expide la delegación para construir, ampliar, modificar, reparar, demoler o desmantelar una obra o instalación, tratándose de:
• Edificaciones en suelo de conservación.
• Instalaciones subterráneas o aéreas en la vía pública.
• Estaciones repetidoras de comunicación celular y/o inalámbrica.
• Demoliciones.
• Excavaciones o cortes de profundidad mayor a un metro.
• Tapiales que invadan la acera en más de 0.5 m.
Instalaciones o modificaciones de ascensores para personas, montacargas, escaleras mecánicas y similares.
REGISTRO DE MANIFIESTO DE CONSTRUCCIÓN TIPO A:
Construcción, ampliación, reparación o modificación de una vivienda unifamiliar hasta de 200 m2 , en un predio con frente mínimo de 6 m, dos niveles, altura máxima de 5.5m y claros libres de 4m.
REGISTRO DE CONSTANCIA DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL
Trámite mediante el cual el propietario o poseedor de la obra y el corresponsable en seguridad estructural manifiesta que la construcción comprendida en el grupo "A" que señala el artículo 139 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, se encuentra en condiciones adecuadas de seguridad de acuerdo con las disposiciones de dicho Reglamento y sus Normas Técnicas Complementarias. El Corresponsable es la persona física auxiliar de la Administración, con autorización y registro de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, con los conocimientos técnicos adecuados para responder en forma conjunta con el Director Responsable de Obra (este último es quien designa al corresponsable o corresponsables con los que cuente, siempre y cuando éstos, cumplan con las obligaciones que se indican en el artículo 39 del Reglamento), o autónoma en las obras en que otorgue su responsiva, en todos los aspectos técnicos relacionados al ámbito de su intervención profesional, mismos que son relativos a la seguridad estructural, al diseño urbano y arquitectónico e instalaciones, y deberá cumplir con lo establecido en la Ley, en este Reglamento y en las demás disposiciones aplicables.
AUTORIZACIÓN PARA ROMPER EL PAVIMENTO O HACER CORTES EN LAS BANQUETAS Y GUARNICIONES DE LA VÍA PÚBLICA PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS O PRIVADAS
Trámite, mediante el cual, se obtiene autorización de la Delegación para romper el pavimento o hacer cortes en banquetas y guarniciones, con motivo de la ejecución de obras públicas o privadas.
AVISO DE REALIZACIÓN DE OBRAS QUE NO REQUIEREN MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIÓN O LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN ESPECIAL
Trámite mediante el cual se da aviso previo a la realización de algunas de las obras previstas en el artículo 62 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, las cuales por su naturaleza no requieren de manifestación de construcción o licencia de construcción especial; Tratándose de obras urgentes para prevención de accidentes éstas podrán iniciarse y posteriormente dar aviso en un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir del inicio de las obras.
EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL
Número oficial.- Las Delegaciones del Distrito Federal señalarán, previa solicitud del propietario o poseedor, un sólo número oficial para cada predio que tenga frente a la vía pública.
Alineamiento oficial.- Es la traza sobre el terreno que limita el predio respectivo con la vía pública en uso o con la futura vía pública, indicando restricciones o afectaciones de carácter urbano que señale la Ley de Desarrollo Urbano y su Reglamento.La constancia de alineamiento y número oficial no prejuzga sobre derechos de propiedad y se expide sobre datos y declaraciones proporcionados bajo protesta de decir verdad por el interesado y bajo su responsabilidad.
VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN
Trámite mediante el cual el director responsable de obra y corresponsable, en su caso, manifiestan que las edificaciones e instalaciones correspondientes reúnen las condiciones de seguridad para su operación y funcionamiento.
RENOVACIÓN DE VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN
Trámite mediante el cual el Director Responsable de Obra y en su caso el Corresponsable manifiesta que las edificaciones e instalaciones correspondientes mantienen las condiciones de seguridad, para su operación y funcionamiento que deberá renovarse cada 3 años previo a su vencimiento. Cuando se realicen cambios en las edificaciones o instalaciones antes de que se cumpla el plazo señalado, deberá renovarse dentro de los 60 días hábiles siguientes al cambio realizado.
REGISTRO DE OBRA EJECUTADA
Trámite que permite regularizar la obra o instalación cuando ésta se construyó sin registro de manifestación de construcción, o licencia de construcción especial, o licencia de construcción, o licencia de construcción específica.
REGISTRO DE MANIFESTACIÓN DE CONSTRUCCIÓN TIPO B Ó C
Manifestación de construcción tipo B: Para usos no habitacionales o mixtos de hasta 5,000 m2 o hasta 10,000 m2 con uso habitacional o para vivienda unifamiliar en zona de riesgo.
Manifestación de construcción tipo C: Para usos no habitacionales o mixtos de más de 5,000 m2 o más de 10,000 m2 con uso habitacional, o construcciones que requieran de dictamen de impacto urbano o urbano - ambiental. Construcción de bardas con una altura máxima de 2.50 m, apertura de claros de 1.5m en construcciones hasta de dos niveles o instalación de cisternas, fosas sépticas o albañales.
REGULARIZACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE INMUEBLES DEDICADOS A LA VIVIENDA (POR ACUERDO)
Trámite que permite regularizar las construcciones, ampliaciones y modificaciones que hasta antes del 01 de enero del 2000 hubieren realizado sin el conocimiento de la autoridad los propietarios de vivienda unifamiliar o plurifamiliar de Interés Social (aquellas que no excedan de la suma que resulte de multiplicar por 15 veces el salario mínimo general vigente que corresponda al Distrito Federal, elevado al año), o de Vivienda Popular (los que no excedan de 30 veces el salario mínimo general vigente que corresponda al Distrito Federal, elevado al año), y que también les permite gozar de reducciones en pago de derechos.
Los inmuebles a regularizar deberán estar destinados a vivienda en su totalidad o en forma preponderante, cuidando que la superficie destinada a vivienda no sea inferior al 80% de la superficie total, siempre que el número de viviendas no exceda de 40.
No se regularizarán las construcciones que afecten monumentos o zonas históricas del patrimonio cultural del D.F., los que se ubiquen en áreas de conservación ecológica, los que se ubiquen en poblados rurales del D.F., o aquellos inmuebles cuyos poseedores carezcan de título de propiedad.
NORMAS INTERNACIONALES
La actividad comercial internacional ha establecido la necesidad de tomar como referencia normas que son acordadas por consenso mundial.
Surge así un foro que crea un lenguaje común y un mínimo a exigir en lo que se integra al comercio mundial; con el fin de evitar barreras técnicas o una competencia injusta.
La Dirección de Normalización Internacional tiene como objetivo principal el procurar que las necesidades y realidades tecnológicas de México.
Ahora bien, dentro del proceso de normalización, para la elaboración de las normas nacionales se consultan las normas o lineamientos internacionales y normas Extranjeras.
NORMA O LINEAMIENTO INTERNACIONAL
La norma, lineamiento o documento normativo que emite un organismo internacional de normalización u otro organismo internacional relacionado con la materia, reconocido por el gobierno mexicano en los términos del derecho internacional
NORMA EXTRANJERA La norma que emite un organismo o dependencia de normalización público o privado reconocido oficialmente por un país.
La Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía es la entidad gubernamental facultada para representar al país en todos los eventos o asuntos relacionados con la metrología y normalización, descrito en el Título Primero, Capítulo Único (“Disposiciones Generales”), Art. 4 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización :
De conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, la Dirección de Normalización Internacional, brinda atención a diversos organismos internacionales, a través de cuatro comités mexicanos especializados.
ORGANISMOS INTERNACIONALES Y REGIONALES DE NORMALIZACIÓN
- la Organización Internacional de Normalización -ISO-
- la Comisión Electrotécnica Internacional -CEI-
- la Unión Internacional de Telecomunicaciones -UIT-
- La Comisión del Codex Alimentarius -CAC- es un programa conjunto de la Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
- La Comisión Panamericana de Normas Técnicas -COPANT-
Tipos de normas internacionales sobre sistemas de la calidad
Normas ISO
Las normas ISO son generadas por la organización Internacional de la estandarización dicha organización está formada por los organismos de normalización de casi todos los países del mundo. Los organismos de normalización de cada país producen normas que se obtienen por consenso en reuniones donde asisten representantes de las industrias y organismos estatales. Así mismo las normas ISO se obtienen por consenso de los representantes de los organismos de normalización enviados por cada país.
La organización internacional con el desarrollo de estas normas busca básicamente:
· Fomentar y desarrollar una cultura común de calidad a nivel mundial.
· Servir de soporte en las relaciones comerciales entre las organizaciones garantizando que el proveedor gestione mediante un sistema de calidad, y por lo tanto, los requerimientos del cliente deben de estar satisfechos.
· Ayudar a las organizaciones a definir e implantar un sistema de aseguramiento de la calidad con vistas a elevar éstas en sus productos o servicios, así como a satisfacer las necesidades y expectativas del cliente.
Los beneficios que se obtienen de la certificación con las normas ISO son los siguientes:
· Mejor control de la gestión.
· Mejor percepción de los problemas de procedimiento.
· Uso de la norma como herramienta promocional.
· Mejor facilidad para eliminar los problemas de procedimiento.
· Aumento de la eficiencia.
· Conservación de los clientes actuales.
· Ayuda a captar nuevos trabajadores.
· Aumento de la presencia en el mercado.
Esta serie de normas comprende dos tipos de Normas Internacionales que cubren las necesidades correspondientes a diferentes situaciones:
· La norma ISO 9004 ( y la presente norma internacional), que recogen las directrices para la gestión de la calidad, aplicable a todas las organizaciones.
· Las normas ISO 9001, ISO 9002 e ISO 9003, que son las normas previstas para el aseguramiento externo de la calidad en condiciones contractuales.
ISO 9001: Aplicable cuándo la conformidad con los requisitos especificados debe ser asegurada por el suministrador durante varias etapas que pueden incluir el diseño/desarrollo, desarrollo, la producción, la instalación y el servicio post venta.
ISO 9002: Aplicable cuándo la conformidad con los requisitos especificados debe ser asegurada por el suministrador durante la producción y la instalación.
ISO 9003: Aplicable cuándo la conformidad con los requisitos especificados debe ser asegurada por el suministrador únicamente en la inspección y ensayos finales.
ISO 10014: Orientaciones para los aspectos financieros de la calidad.
ISO 22000: constituye una serie de principios de haccp que se fusionan para determinar los puntos críticos de control y establecer vigilancia sobre procesos y actividades.
Beneficios
• Garantiza mejores practicas de higiene y seguridad en la cadena alimentaria con un enfoque preventivo, identifica y soluciona los peligros
vinculados a la industria alimentaria.
• fomenta la inocuidad alimentaria permitiendo estar a la vanguardia de las exigencias del mercado internacional.
CONTROL DE CALIDAD
RESPONSABILIDADES Todas las actividades de normalización deben buscar, en la medida de lo posible, la participación equitativa entre personal técnico, entidades del sector público, del sector federal, organismos de normalización nacional, cámaras, productores, distribuidores, comerciantes, prestadores de servicios, consumidores, escuelas de educación superior y en su caso algunos institutos. En general, cualquier sector de la sociedad puede participar en la normatividad sin riesgo de ser excluido
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (RCDF) da una gran relevancia a las normas de los materiales de construcción cuando solicita que el Director Responsable de Obra (DRO) se asegure de que “la resistencia, calidad y características de los materiales empleados en la construcción serán las que se señalen en las especificaciones de diseño y los planos constructivos registrados, y deberán satisfacer las Normas Técnicas Complementarias y las normas de calidad establecidas por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (Secofi).”
“cuando se proyecte utilizar en una construcción algún material nuevo del cual no existan Normas Técnicas Complementarias o Normas de Calidad de la Secofi, el DRO deberá solicitar la aprobación previa del Departamento para lo cual presentará los resultados de las pruebas de verificación de calidad de dicho material”.
Estas disposiciones estuvieron vigentes en el RCDF desde 1993 pero sufrió algunas modificaciones en 1994 y 1997
El DRO se convierte en el control de calidad de los materiales de una construcción, sin embargo, los profesionales que realizan el proyecto ejecutivo, así como la propia autoridad, suelen restar importancia a este hecho en detrimento de la obra misma, lo que deriva probablemente del desconocimiento de los estándares y de su utilidad como instrumentos para exigir calidad a los proveedores.
Cuando se proyecte en una construcción un material nuevo del cual no se tengan las normas de calidad de la Secofi, el DRO deberá solicitar la aprobación previa de departamento este presentara los resultados de las pruebas de verificación de calidad de dicho material
Las normas son el lenguaje del comercio, en ellas se encuentra la información que interesa
son de suma importancia cuando se las emplea para verificar a los insumos (concretos, cementantes, bloques, aceros, viguetas, impermeabilizantes, paneles, pinturas, losetas, inodoros, etcétera)
Consumidor Proyectista Constructor Desarrollador Supervisor o DRO : permiten al profesional conocer las propiedades físicas y mecánicas de los materiales, las tolerancias en las dimensiones de los elementos estructurales, así como los requisitos de fijación o izaje, entre otros; para el proveedor, en cambio, demostrar su cumplimiento disminuye la responsabilidad que los reglamentos de construcción le asignan al DRO y amplía su perspectiva de venta.
Por ello, la certificación se convierte en la forma más expedita, económica y confiable para demostrar la conformidad con las normas.
La elaboración del proyecto arquitectónico es una actividad fundamental. Es la solución de una obra habitable representada en planos y documentos junto con la información necesaria para su construcción.
Existen diferentes metodologías que conducen a obtener un modelo de trabajo eficiente y propio de cada ejecutante.
Información que debe contener cada serie de planos.
Los planos deben considerar siempre los siguientes factores:
—Composición.
—Escala.
—Margen.
—Pie de plano.
—Acotaciones.
—Acotaciones marginales.
—Clave.
Los planos son el lenguaje universal para representar un proyecto volumétrico en 2 dimensiones
—Plantas.
—Cortes.
—Fachadas.
· Arquitectónicos. Son los planos “base” para el desarrollo completo, y son la fuente única e indispensable de información para el proyecto ejecutivo. Deben contener, cuando menos, 3 tipos de representación del objeto arquitectónico.
· Planos de demoliciones. Indican partes de un edificio a intervenir que deban ser demolidas, modificadas, desmontadas o respetadas
· Planos de acabados. Contienen la información acerca de los recubrimientos, procesos constructivos, características y especificaciones de los materiales a utilizarse en el objeto arquitectónico.
· Planos albañilería. Proporcionan datos de orden constructivo complementarios a los arquitectónicos y estructurales.
· Carpintería
· Herrería, cancelería y vidriería.
ESTANDARES DE DISEÑO Y OBRA
NORMAS TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS
PARA EL DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y EJECUCIÓN DE OBRA:
Que en razón del avance tecnológico logrado en la última década, se hace necesaria la actualización de la Normas Técnicas Complementarias del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, en todas las fases del proyecto ejecutivo y proceso constructivo, con la finalidad de proporcionar seguridad a las construcciones y con ello proteger a la población, al reducir los niveles de riesgo en los casos de desastres naturales, evitando en lo posible pérdidas humanas y daños materiales.
Sin duda, todas las aportaciones que los diversos sectores han dado a las presentes Normas, permiten que la Ciudad de México sea cada vez menos vulnerable a los fenómenos naturales, al comprender mejor tanto los distintos diseños de construcción como el comportamiento de los materiales y el de los suelos en donde se construye.
El cumplimiento de dichas Normas Técnicas son un factor fundamental para la protección de la población de la Ciudad de México, por lo que he tenido a bien publicar el siguiente:
Se dan a conocer las Normas Técnicas Complementarias del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, con la denominación que a continuación se cita:
1. Normas Técnicas Complementarias para Diseño y Construcción de Estructuras de Mampostería;
2. Normas Técnicas Complementarias para Diseño y Construcción de Estructuras de Madera;
3. Normas Técnicas Complementarias para Diseño y Construcción de Estructuras de Concreto;
4. Normas Técnicas Complementarias para Diseño y Construcción de Estructuras Metálicas;
5. Normas Técnicas Complementarias sobre Criterios y Acciones para el Diseño Estructural de las Edificaciones;
6. Normas Técnicas Complementarias para Diseño y Construcción de Cimentaciones;
7. Normas Técnicas Complementarias para Diseño por Viento;
8. Normas Técnicas Complementarias para Diseño por Sismo;
9. Normas Técnicas Complementarias para el Diseño y Ejecución de Obras e Instalaciones Hidráulicas;
10. Normas Técnicas Complementarias para el Proyecto Arquitectónico.
NORMAS TECNICAS COMPLEMENTARIAS PARA EL PROYECTO ARQUITECTÓNICO:
CAPÍTULO 1 GENERALIDADES
1 Perfil De Las Fachadas A La Vía Pública
1.1 Elementos Que Sobresalen Del Paramento
1.1.1 Fachadas
1.1.2 Balcones
1.1.3 Marquesinas
1.2 Estacionamientos
1.2.1 Cajones De Estacionamiento
1.2.2.1. Ancho De Los Pasillos De Circulación
CAPÍTULO 2 HABITABILIDAD, ACCESIBILIDAD Y FUNCIONAMIENTO
2.1 Dimensiones Y Características De Los Locales En Las Edificaciones.
2.2. Accesibilidad En Las Edificaciones
2.2.1 Accesibilidad A Los Servicios En Edificios De Atención Al Público
2.3 Accesibilidad A Espacios De Uso Común
2.3.1 Vía Pública, Espacios Abiertos, Áreas Verdes, Parques Y Jardines
2.3.2 Circulaciones Peatonales En Espacios Exteriores
2.3.3 Áreas De Descanso
2.3.4 Banquetas
2.3.5 Camellones
2.3.6 Rampas Entre Banquetas Y Arroyo
2.3.7 Teléfonos Públicos
2.3.8 Barandales Y Pasamanos
2.3.9 Elementos Que Sobresalen.
CAPÍTULO 3 HIGIENE, SERVICIOS Y ACONDICIONAMIENTO AMBIENTAL
3.1 Provisión Mínima De Agua Potable
3.2 Servicios Sanitarios
3.2.1 Muebles Sanitarios.
3.2.2 Dimensiones Mínimas De Los Espacios Para Muebles Sanitarios
3.3 Depósito Y Manejo De Residuos
3.3.1 Residuos Sólidos
3.3.2 Residuos Sólidos Peligrosos
3.4 Iluminación Y Ventilación
3.4.1 Generalidades
3.4.2 Iluminación Y Ventilación Naturales
3.4.2.1 Ventanas
3.4.2.2 Patios De Iluminación Y Ventilación Natural
3.4.3 Iluminación Artificial
3.4.4 Ventilación Artificial.
3.4.5 Iluminación De Emergencia
3.5 Eficiencia Energética En Edificaciones
3.6 Locales Para Servicio Médico
CAPÍTULO 4 COMUNICACIÓN, EVACUACIÓN Y PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS
4.1 Elementos De Comunicación Y Circulaciones
4.1.1 Puertas
4.1.2 Pasillos
4.1.3 Escaleras
4.1.3.1 Escaleras Industriales
4.1.3.2 Escalas
4.1.3.3 Escalas Marinas
4.1.4 Rampas Peatonales
4.1.5 Elevadores
4.1.5.1 Elevadores Para Pasajeros
4.1.5.2 Elevadores Para Carga.
4.1.6 Escaleras Eléctricas.
4.1.7 Bandas Transportadoras Para Personas.
4.2 Rutas De Evacuación Y Salidas De Emergencia
4.2.1 Rutas De Evacuación
4.2.2 Salidas De Emergencia.
4.3 Visibilidad
4.3.1 Cálculo De La Isóptica
4.3.1.1 Isóptica Vertical
4.3.1.2 Visibilidad Mínima Aceptable En Locales Con Piso Horizontal
4.3.1.3 Isóptica Horizontal
4.3.1.4 Condiciones Complementarias
4.4 Control De Ruido Y Audición
4.5 Previsiones Contra Incendio
4.5.1 Grado De Riesgo De Incendio En Las Edificaciones.
4.5.1.1 Indicaciones Para La Determinación Del Grado De Riesgo:
4.5.2 Resistencia Al Fuego
4.5.3 Confinación Del Fuego
4.5.4 Áreas De Resguardo
4.5.5 Dispositivos Para Prevenir Y Combatir Incendios
4.5.5.1 Extintores
4.5.5.2 Detectores De Incendio
4.5.5.1.1 Detectores De Humo.
4.5.5.1.2 Sensores O Detectores De Calor
4.5.5.1.3 Detectores Para Gases De Combustión O Sensores De Flama
4.5.5.2 Sistemas De Alarmas
4.5.5.3 Equipos Fijos
4.5.5.3. Redes De Hidrantes
4.5.5.3.2 Redes De Rociadores
4.5.5.3.3 Redes De Inundación De Elementos Inhibidores De La Combustión
4.5.6 Señalización De Equipos
4.6 Dispositivos De Seguridad Y Protección
4.6.1 Locales Para Guarda Y Exhibición De Animales
4.6.2 Muros Y Elementos Divisorios
4.6.3 Albercas
4.6.3.1 Las Albercas Deben Contar Con Los Siguientes Elementos Y Medidas De Protección:
4.6.3.2 Las Instalaciones De Trampolines Y Plataformas Reunirán Las Siguientes Condiciones:
4.6.3.3 Las Condiciones Para El Diseño De Los Trampolines De Las Albercas Se Establecen En La Siguiente Tabla:
4.6.3.4 Las Condiciones Para El Diseño De Plataformas De Las Albercas Se Establecen En La Siguiente Tabla:
CAPÍTULO 5 INTEGRACIÓN AL CONTEXTO E IMAGEN URBANA
CAPÍTULO 6 INSTALACIONES
6.1 Instalaciones Hidráulicas Y Sanitarias
6.1.2 Instalaciones Hidráulicas
6.1.3 Instalaciones De Drenaje Pluvial Y Sanitario
6.1.3.1 Tuberías Y Accesorios
6.1.3.2 Líneas De Drenaje
6.1.3.3 Descargas Al Exterior
6.2 Instalaciones Eléctricas
6.2.1 Instalaciones Especiales
6.2.2 Pararrayos
6.2.3 Condiciones De Seguridad Para Prevenir Los Riesgos Por Electricidad Estática
6.3 Instalaciones De Combustibles
6.4 Instalaciones Telefónicas, De Voz Y Datos
6.5 Instalaciones De Acondicionamiento De Aire Y De Expulsión De Aire
REFERENCIA BIBIOGRÁFICA:
Flores González, Javier. (s.f.)Normas Técnicas Complementarias. Recuperado el día 4 de marzo del 2012; del sitio de Coordinación Control de Obras y Proyectos. http://www.jjcoopsa.com.mx/default.htm
Anónimo. (s.f.) Tramites: Construcciones y Obras. Recuerado el día 4 de marzo del 2012; del sitio de Delegación Miguel Hidalgo. http://www.miguelhidalgo.gob.mx/tramites/view
http://www.cueronet.com/normas/index.htm
http://www.itescam.edu.mx/principal/sylabus/fpdb/recursos/r21864.PPT
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